Despido procedente

Abogados experto en despidos procedente

¿Qué es el despido procedente?

El despido procedente es aquel que se ajusta plenamente a lo establecido por la ley. Es decir, se trata de una extinción de la relación laboral en la que la empresa ha justificado debidamente las causas del despido y ha seguido el procedimiento correcto.

Esto no significa que el despido no tenga impacto en el trabajador, sino que la empresa ha actuado dentro del marco legal, y por lo tanto, no tiene la obligación de indemnizar al trabajador más allá de lo que marque la ley (en ciertos casos, incluso puede no haber indemnización alguna, como en el despido disciplinario procedente).

Un aspecto clave que debe tenerse en cuenta es que la calificación del despido no la hace únicamente la empresa, sino que puede ser revisada por un juez si el trabajador decide impugnarla. Es decir, que un despido sea declarado “procedente” es una calificación jurídica, no simplemente una etiqueta que pone el empleador.

Embriaguez en el trabajo e indemnización por despido

Cuándo tienes derecho a una indemnización por despido

En el marco de la legislación laboral española, un despido puede ser procedente por dos grandes vías: disciplinaria u objetiva. En ambos casos, la empresa debe contar con pruebas suficientes que sustenten las causas alegadas y seguir el procedimiento legal establecido.

1. Despido disciplinario procedente

Aquí hablamos de incumplimientos graves y culpables por parte del trabajador, que justifican la extinción del contrato sin derecho a indemnización. Algunos ejemplos:

  • Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad.
  • Indisciplina o desobediencia.
  • Ofensas verbales o físicas a compañeros o superiores.
  • Abuso de confianza o fraude.
  • Disminución voluntaria y continuada en el rendimiento.
  • Embriaguez o toxicomanía que afecte negativamente al trabajo.

Para que el despido disciplinario sea considerado procedente, la empresa debe probar de forma clara y documentada los hechos, y comunicar el despido mediante una carta detallada que especifique los motivos y hechos concretos.

2. Despido objetivo procedente

En este caso, el despido se produce por causas justificadas no relacionadas con una conducta sancionable del trabajador, como:

  • Ineptitud conocida o sobrevenida para el trabajo.
  • Falta de adaptación a modificaciones técnicas.
  • Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP).

 

Este tipo de despido sí da derecho a una indemnización legal de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. En ambos casos, si el trabajador no está de acuerdo, puede impugnar el despido, y será un juez quien determine si este es procedente, improcedente o nulo.

Derechos del trabajador ante un despido procedente

Aunque el despido sea declarado procedente, el trabajador conserva derechos que deben ser respetados escrupulosamente por la empresa.  

En el despido disciplinario procedente:

Jubilacion

No hay derecho a indemnización

Pero sí al finiquito: vacaciones no disfrutadas, parte proporcional de pagas extras y otros conceptos devengados.

Despido procedente o improcedente

El trabajador puede acceder al paro

Siempre que cumpla con los requisitos exigidos por el SEPE.

Derechos del trabajador

Tiene derecho a solicitar revisión judicial del despido

Si considera que no fue justo.

En el despido objetivo procedente:

Jubilacion

La empresa debe entregar una indemnización de 20 días por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades.

reclamaciones laborales

También corresponde el finiquito.

Acuerdo legal con abogado

Hay derecho a prestación por desempleo.

Asesoria legal

Es obligatorio un preaviso de 15 días, o el pago equivalente si no se respeta.

Un error común es pensar que un despido procedente deja al trabajador indefenso. Desde nuestro despacho, explicamos a cada cliente que la procedencia no elimina sus derechos, y en ocasiones, incluso permite negociar mejores condiciones de salida si el despido es inevitable.

Cómo actuar ante un despido procedente

Ante cualquier despido, el primer paso es mantener la calma y buscar asesoramiento legal especializado cuanto antes. No importa si en la carta de despido la empresa ya habla de “procedencia”: eso no es definitivo.

En nuestro despacho, analizamos cada caso de forma individualizada para valorar:

  • Si existen causas reales y demostrables que justifiquen el despido.

  • Si el procedimiento seguido ha sido el correcto (carta, plazos, forma de comunicación, etc.).

  • Si hay indicios de que el despido pueda ser improcedente o nulo (por ejemplo, si hay discriminación, vulneración de derechos fundamentales, o falta de pruebas).

Si conviene negociar una salida pactada, evitando un proceso judicial.

De La Tejera Abogados: expertos en despidos en Barcelona

Llevamos años defendiendo a trabajadores y empresas en situaciones de despido. Nuestro enfoque es:

  • Cercanía y transparencia absoluta: Creemos firmemente en una comunicación fluida, honesta y, sobre todo, comprensible. Desde el primer contacto, le hablaremos con claridad, despojando el lenguaje jurídico de tecnicismos innecesarios, asegurándonos de que entiende cada paso del proceso, sus opciones y las posibles consecuencias de cada decisión. Queremos que se sienta acompañado y plenamente informado, generando una relación de confianza mutua.

  • Especialización focalizada y profunda: Nuestra dedicación es exclusiva al Derecho Laboral. Esta hiperespecialización nos permite no solo estar al día con la legislación y la jurisprudencia más reciente, sino también dominar las particularidades y matices específicos de los conflictos por despido. No diluimos nuestro conocimiento; lo concentramos para ofrecerle la pericia que su caso merece.

  • Compromiso con el resultado óptimo: Cada caso es único y lo abordamos con la máxima diligencia. Realizamos una evaluación exhaustiva y estratégica de su situación particular, con el firme objetivo de identificar y perseguir la mejor solución legal posible. Ya sea buscando la máxima indemnización, la nulidad del despido, la readmisión, o desde la perspectiva empresarial, asegurar la procedencia de una extinción o minimizar riesgos, nuestro motor es la defensa rigurosa de sus intereses.

Ya seas trabajador o empresario, un despido procedente mal gestionado puede tener consecuencias graves. Nosotros te ayudamos a proteger tus derechos o actuar conforme a la ley.

¿Has sido despedido y no sabes si fue procedente? ¿Eres empresario y necesitas despedir a un trabajador?

Tanto si eres un trabajador que duda de la legalidad de su despido, como un empresario que necesita efectuar una extinción contractual sin incurrir en costes adicionales, es crucial entender que un despido se declara improcedente si la empresa no acredita las causas o incumple formalidades esenciales (como una carta de despido defectuosa o la omisión del preaviso). 

Esta declaración puede obligar a la empresa a readmitir al trabajador o a abonar una indemnización mayor, por lo que conocer los derechos, obligaciones y los procedimientos legales, buscando asesoramiento experto, es fundamental para ambas partes para gestionar correctamente estas situaciones y evitar contingencias.

Preguntas frecuentes sobre el despido procedente

¿Qué significa que un despido sea procedente?

Un despido procedente es aquel que se ajusta a la legalidad, tanto en las causas que lo motivan como en el procedimiento seguido. Puede ser por motivos disciplinarios o causas objetivas, y suele implicar que el trabajador no tiene derecho a indemnización o recibe solo la mínima prevista por la ley.

Sí. Siempre que hayas cotizado lo suficiente, tienes derecho a prestación por desempleo aunque el despido sea procedente. La procedencia del despido no afecta al acceso al paro, sino al derecho a indemnización.

Sí. La empresa puede calificar el despido como procedente, pero esa calificación no es definitiva. Puedes impugnarlo judicialmente y un juez decidirá si realmente es procedente, improcedente o incluso nulo.

La diferencia principal está en la justificación y la indemnización. El despido procedente tiene causa legal demostrable y puede no incluir indemnización. El improcedente carece de justificación suficiente o tiene fallos de forma, y da derecho a una indemnización mayor.


Depende del tipo. En el despido disciplinario procedente, no se paga indemnización. En el despido objetivo procedente, la ley establece 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. En ambos casos, también debes recibir el finiquito.

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