Despido nulo

Despido nulo en embarazadas

Cuándo tienes derecho a una indemnización por despido nulo

Cuando un despido no solo es injustificado, sino que además vulnera tus derechos fundamentales o se produce en circunstancias especialmente protegidas, podríamos estar ante un «despido nulo». 

En De La Tejera Abogados, tu abogado laboral en Barcelona, sabemos que esta es la calificación más grave que puede recibir un despido, y sus consecuencias son muy importantes, siendo la principal tu readmisión obligatoria en el puesto de trabajo.

Un despido nulo no es simplemente un error de la empresa; implica una actuación contraria a la ley que el ordenamiento jurídico no puede tolerar. Entender qué situaciones pueden llevar a esta calificación y cómo actuar es crucial para proteger tus derechos.

Cuidado de familiares en despidos nulos

Causas principales de nulidad del despido

La ley establece diversas situaciones que pueden llevar a que un despido sea declarado nulo. Las más importantes son:

  1. Discriminación: Cuando el despido tenga por móvil alguna de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la ley (por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión, orientación sexual, afiliación sindical, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social).
  2. Vulneración de derechos fundamentales y libertades públicas: Por ejemplo, si el despido es una represalia por haber ejercido un derecho fundamental (libertad de expresión, tutela judicial efectiva, etc.).
  3. Despidos relacionados con el ejercicio de derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral:
    • Durante los periodos de suspensión del contrato por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo o lactancia, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.
    • El de trabajadoras embarazadas, desde la fecha de inicio del embarazo hasta el comienzo del período de suspensión antes mencionado.
    • El de trabajadores que hayan solicitado o estén disfrutando de una excedencia para el cuidado de hijos o familiares.
    • El de trabajadores que hayan solicitado o estén disfrutando de una reducción de jornada por guarda legal o cuidado de familiares.
    • El de trabajadoras víctimas de violencia de género por el ejercicio de sus derechos a la reducción o reordenación de su tiempo de trabajo, a la movilidad geográfica, al cambio de centro de trabajo o a la suspensión de la relación laboral.
  4. Despidos de trabajadores después de haberse reintegrado al trabajo al finalizar los periodos de suspensión del contrato por maternidad, paternidad, adopción, etc., si no han transcurrido más de doce meses desde la fecha del nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.

 

En estos casos de «nulidad objetiva» o por protección específica, no es necesario que el trabajador pruebe la discriminación o vulneración, sino que la empresa deberá demostrar que el despido obedeció a causas totalmente ajenas y lícitas.

¿Qué es exactamente un despido nulo?

Un despido es declarado nulo cuando su causa real o la forma en que se produce vulnera los derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador, o cuando se realiza en fraude de ley o con abuso de derecho.

A diferencia del despido improcedente, donde la empresa puede optar entre readmitir o indemnizar, la declaración de nulidad de un despido obliga a la empresa a readmitir inmediatamente al trabajador en las mismas condiciones que tenía antes del despido.

Además, el trabajador tendrá derecho a percibir los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia que declara su nulidad (conocidos como salarios de tramitación).

Cómo actuar ante la sospecha de un despido nulo

Si crees que tu despido puede ser nulo porque se basa en causas discriminatorias, vulnera tus derechos fundamentales, o te encuentras en alguna de las situaciones de especial protección (embarazo, reducción de jornada, etc.), es fundamental actuar con la máxima celeridad.

En nuestro despacho en Barcelona, te ofrecemos un asesoramiento inmediato. Nuestro enfoque incluye:

  1. Análisis detallado de tu caso: Escucharemos tu situación y revisaremos toda la documentación para identificar si existen indicios de nulidad y otras posibles reclamaciones. ¿Qué revisamos en tu caso?
    • Nóminas, convenios aplicables y complementos salariales para asegurar que cualquier cálculo (salarios de tramitación, finiquito, posibles indemnizaciones adicionales) sea correcto y que se te haya pagado todo lo debido.
    • Horas extra no pagadas o compensadas, que podrían reclamarse junto con el despido.
    • Otras cantidades pendientes de abono que formarían parte de tu finiquito o reclamación independiente.
    • Posibles situaciones de fraude, como pagos “en B” (sin declarar) o la falta de alta en Seguridad Social, ya que estas irregularidades pueden ser indicios de vulneraciones más graves o afectar la base de cálculo de tus derechos.
    • También evaluamos la situación de quienes se encuentren en situaciones irregulares, como es el caso de los extranjeros en situación irregular sin permiso de trabajo, a quienes la legislación protege en sus derechos laborales básicos en las mismas condiciones prácticamente que a un trabajador regularizado. Un despido en estas circunstancias podría encubrir una vulneración de derechos.
  2. Evaluación de pruebas: Es crucial reunir todas las pruebas posibles que demuestren la causa real del despido, la vulneración de tus derechos o cualquier irregularidad.
  3. Asesoramiento sobre la estrategia a seguir: Te explicaremos las posibilidades de éxito de declarar la nulidad del despido, así como cualquier otra reclamación viable, y los pasos a dar.
  4. Impugnación del despido: Presentaremos la papeleta de conciliación y, si no hay acuerdo, la demanda judicial solicitando la nulidad del despido (y cualquier otra reclamación pertinente), en el plazo de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del mismo.
Consecuencias de un despido declarado nulo

Consecuencias de un despido declarado nulo

La declaración de nulidad de un despido tiene efectos muy importantes:

  1. Readmisión inmediata: La empresa está obligada a reincorporar al trabajador en su mismo puesto de trabajo y en las mismas condiciones laborales que tenía antes del despido.
  2. Abono de los salarios de tramitación: El trabajador tiene derecho a percibir los salarios que dejó de ganar desde la fecha del despido hasta la fecha de notificación de la sentencia de nulidad (o hasta que hubiera encontrado otro empleo si probase tal circunstancia).
  3. Posible indemnización adicional por daños y perjuicios: Si la nulidad se debe a la vulneración de derechos fundamentales (como en un despido discriminatorio o por represalias), el juez puede fijar una indemnización adicional para compensar los daños morales y materiales sufridos por el trabajador.

 

Si la empresa se niega a readmitir tras una sentencia de despido nulo, el trabajador puede solicitar la ejecución del fallo, e incluso la extinción indemnizada de la relación laboral si la readmisión es imposible o muy gravosa.

¿Sospechas que tu despido esconde una discriminación o vulnera tus derechos?

Solicita asesoramiento legal urgente por despido nulo

Preguntas frecuentes sobre el despido nulo

¿Qué significa que un despido sea nulo?

Significa que el despido se ha realizado vulnerando derechos fundamentales del trabajador, por causas discriminatorias, o en situaciones especialmente protegidas por la ley. Su principal consecuencia es la readmisión obligatoria del trabajador.

La consecuencia principal es la readmisión y el cobro de los salarios de tramitación. Adicionalmente, si la nulidad se debe a la vulneración de un derecho fundamental, puedes tener derecho a una indemnización por daños morales.

Discriminación (sexo, raza, opinión, etc.), vulneración de derechos fundamentales (represalias), y despidos durante el embarazo, maternidad/paternidad, reducción de jornada por cuidado de hijos, entre otros.

En el despido nulo, la empresa está obligada a readmitirte. En el improcedente, la empresa puede elegir entre readmitirte o pagarte una indemnización.

El despido de una trabajadora embarazada se presume nulo, salvo que la empresa demuestre que existen causas disciplinarias procedentes o causas objetivas totalmente ajenas al embarazo y que estas justificarían el despido igualmente.

El mismo que para cualquier despido: 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido para presentar la papeleta de conciliación.

¿Tienes alguna pregunta?

Contacta con De La Tejera Abogados en Barcelona si crees que tu despido puede ser nulo. Es crucial actuar rápido para defender tus derechos.